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se ha presentado en la mesa del Congreso de los diputados, la propuesta de reforma
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se ha presentado en la mesa del Congreso de los diputados, la propuesta de reforma
1ª RESTITUCIÓN INMEDIATA del carácter de Agentes de la Autoridad para
los Vigilantes de Seguridad. Desde el nacimiento de la Seguridad
Privada, siempre tuvimos reconocido el carácter de Agentes de la
Autoridad, hasta que la actual Ley de Seguridad Privada del 94 nos la
quitó, sin tener esto el más mínimo sentido, pues con esta Ley se exige
mucho más a los profesionales de la Seguridad Privada, tanto para poder
ingresar, como una vez empiezas a ejercer ya que todos los años el
vigilante está obligado a realizar unos cursos de reciclaje. Por lo
tanto, nuestra formación y preparación en materia de Seguridad es más
que suficiente.
Los profesionales de la seguridad somos conscientes de la responsabilidad que ello conlleva y la asumimos.
2ª
MANDOS INTERMEDIOS, a este respecto consideramos que la actual Ley de
Seguridad Privada, tendría que dictar una normativa que aclarase las
funciones que vienen desarrollando los denominados mandos Intermedios,
(Jefes de Servicio, Inspectores, etc. ) los cuales no están reconocidos
en la actual Ley, (solamente en el Convenio Colectivo de Seguridad
Privada), y en cambio dictan e imponen órdenes en materia de seguridad
privada. , y en muchos casos no tienen ningún conocimiento ni formación
en materia de seguridad privada, ni tan siquiera han sido vigilantes,
tan solo ocupan esos puestos por ser personal de confianza de la
dirección de las empresas.
En la misma situación se encuentran
los denominados Delegados o Gerentes de las empresas de seguridad en
muchas provincias, estos olvidan que ese cargo es simplemente
administrativo empresarial, y se dedican a ejercer funciones de Jefes
de Seguridad sin serlo y sin tener ningún conocimiento en esta materia,
puesto que No han obtenido la acreditación profesional del Ministerio
del Interior y muchos de ellos ni tan siquiera podrían presentarse a
esas pruebas al no tener los estudios mínimos requeridos para ello. No
deben de olvidar los vigilantes que las funciones de este tipo de
personal sólo vienen recogidas en el Convenio Colectivo de Seguridad
Privada, pero de ninguna manera los reconoce la Ley de Seguridad
Privada.
3 ª TERMINAR CON EL INTRUSISMO que
practican tanto las empresas que no tienen la homologación necesaria
para ejercer como empresas de seguridad, como los servicios de
seguridad que se efectúan con personal que no tiene la acreditación
legal para trabajar como vigilantes de seguridad. La prestación de
servicios realizados por personal que no tiene la titulación de
Vigilante de Seguridad, está penada y sancionada por la Ley de
Seguridad Privada, pero esta práctica totalmente ilegal está muy
extendida entre todas las empresas de seguridad al carecer de personal
habilitado.
4ª LEGISLACIÓN MÁS CLARA Y UNIFICADA, La legislación de Seguridad Privada
en España es muy poco clara y todavía la mayoría de sus artículos no está desarrollada.
5ª Conseguir la Profesionalización y Dignificación del sector de la Seguridad Privada.
6ª Realizar planes específicos de formación para los trabajadores del sector.
8ª.
NO CADUCIDAD DE LA T.I.P. : Solicitamos que nuestra Tarjeta de
Identidad Profesional no caduque como hasta ahora a los dos años de
permanecer inactivos, pues consideramos que esta medida es nuevamente
discriminatoria hacia este sector de Seguridad Privada, pues no pasa en
ninguna otra profesión. Y en las que tenemos más cercanas a nosotros
que son las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, esto no ocurre
puesto que cualquier miembro de las F.C.S. E puede permanecer de baja o
excedencia el tiempo que quieran y después pueden volver trabajar
normalmente.
9ª. UNIFORMIDAD ÚNICA e igual para todos los
Vigilantes de Seguridad la cual solo se podrán distinguir por los
emblemas de las respectivas empresas.
10ª. ENDURECIMIENTO DE
LAS SANCIONES EN EL TEMA DEL INTRUSISMO: Tanto para las empresas de
Seguridad Privada, como para las empresas de servicios, como el
personal que presten servicios de Seguridad Privada sin estar
legalmente autorizados para ello realicen funciones de seguridad
privada tendría que endurecerse las penas llegando incluso a imponerse
penas de prisión y cierre de las empresas. Como pasa con otros
colectivos, a los cuales no se les ocurre debido entre otras cosas a
las fuertes sanciones el contratar por ejemplo médicos sin la
titulación, camioneros ó conductores de autobuses sin carnet de
conducir, etc.
los Vigilantes de Seguridad. Desde el nacimiento de la Seguridad
Privada, siempre tuvimos reconocido el carácter de Agentes de la
Autoridad, hasta que la actual Ley de Seguridad Privada del 94 nos la
quitó, sin tener esto el más mínimo sentido, pues con esta Ley se exige
mucho más a los profesionales de la Seguridad Privada, tanto para poder
ingresar, como una vez empiezas a ejercer ya que todos los años el
vigilante está obligado a realizar unos cursos de reciclaje. Por lo
tanto, nuestra formación y preparación en materia de Seguridad es más
que suficiente.
Los profesionales de la seguridad somos conscientes de la responsabilidad que ello conlleva y la asumimos.
2ª
MANDOS INTERMEDIOS, a este respecto consideramos que la actual Ley de
Seguridad Privada, tendría que dictar una normativa que aclarase las
funciones que vienen desarrollando los denominados mandos Intermedios,
(Jefes de Servicio, Inspectores, etc. ) los cuales no están reconocidos
en la actual Ley, (solamente en el Convenio Colectivo de Seguridad
Privada), y en cambio dictan e imponen órdenes en materia de seguridad
privada. , y en muchos casos no tienen ningún conocimiento ni formación
en materia de seguridad privada, ni tan siquiera han sido vigilantes,
tan solo ocupan esos puestos por ser personal de confianza de la
dirección de las empresas.
En la misma situación se encuentran
los denominados Delegados o Gerentes de las empresas de seguridad en
muchas provincias, estos olvidan que ese cargo es simplemente
administrativo empresarial, y se dedican a ejercer funciones de Jefes
de Seguridad sin serlo y sin tener ningún conocimiento en esta materia,
puesto que No han obtenido la acreditación profesional del Ministerio
del Interior y muchos de ellos ni tan siquiera podrían presentarse a
esas pruebas al no tener los estudios mínimos requeridos para ello. No
deben de olvidar los vigilantes que las funciones de este tipo de
personal sólo vienen recogidas en el Convenio Colectivo de Seguridad
Privada, pero de ninguna manera los reconoce la Ley de Seguridad
Privada.
3 ª TERMINAR CON EL INTRUSISMO que
practican tanto las empresas que no tienen la homologación necesaria
para ejercer como empresas de seguridad, como los servicios de
seguridad que se efectúan con personal que no tiene la acreditación
legal para trabajar como vigilantes de seguridad. La prestación de
servicios realizados por personal que no tiene la titulación de
Vigilante de Seguridad, está penada y sancionada por la Ley de
Seguridad Privada, pero esta práctica totalmente ilegal está muy
extendida entre todas las empresas de seguridad al carecer de personal
habilitado.
4ª LEGISLACIÓN MÁS CLARA Y UNIFICADA, La legislación de Seguridad Privada
en España es muy poco clara y todavía la mayoría de sus artículos no está desarrollada.
5ª Conseguir la Profesionalización y Dignificación del sector de la Seguridad Privada.
6ª Realizar planes específicos de formación para los trabajadores del sector.
8ª.
NO CADUCIDAD DE LA T.I.P. : Solicitamos que nuestra Tarjeta de
Identidad Profesional no caduque como hasta ahora a los dos años de
permanecer inactivos, pues consideramos que esta medida es nuevamente
discriminatoria hacia este sector de Seguridad Privada, pues no pasa en
ninguna otra profesión. Y en las que tenemos más cercanas a nosotros
que son las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, esto no ocurre
puesto que cualquier miembro de las F.C.S. E puede permanecer de baja o
excedencia el tiempo que quieran y después pueden volver trabajar
normalmente.
9ª. UNIFORMIDAD ÚNICA e igual para todos los
Vigilantes de Seguridad la cual solo se podrán distinguir por los
emblemas de las respectivas empresas.
10ª. ENDURECIMIENTO DE
LAS SANCIONES EN EL TEMA DEL INTRUSISMO: Tanto para las empresas de
Seguridad Privada, como para las empresas de servicios, como el
personal que presten servicios de Seguridad Privada sin estar
legalmente autorizados para ello realicen funciones de seguridad
privada tendría que endurecerse las penas llegando incluso a imponerse
penas de prisión y cierre de las empresas. Como pasa con otros
colectivos, a los cuales no se les ocurre debido entre otras cosas a
las fuertes sanciones el contratar por ejemplo médicos sin la
titulación, camioneros ó conductores de autobuses sin carnet de
conducir, etc.

AYLA- RANGO: JEFE DE SEGURIDAD
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Re: se ha presentado en la mesa del Congreso de los diputados, la propuesta de reforma
Ayla, desarrolla un poco mas este tema, o, por lo menos, dí quién lo ha propuesto, fechas y demás... Gracias.
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Cada uno es dueño de sus actos y esclavo de lo que calla.
ES MUY PELIGROSO TENER RAZÓN DONDE NO HAY JUSTICIA.

borde- MODERADOR
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Re: se ha presentado en la mesa del Congreso de los diputados, la propuesta de reforma
Lo siento, lo escribió alguien recientemente en una web de donde lo copié, pero he indagado luego y he visto que es una noticia antigua.

AYLA- RANGO: JEFE DE SEGURIDAD
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Re: se ha presentado en la mesa del Congreso de los diputados, la propuesta de reforma
Supuestamente se han entregado infinidad de propuestas, peticiones y manifiestos incluso por sindicatos. La realidad es que no he podido comprobar (ni creo que nadie haya podido) la veracidad de ninguna de esas afirmaciones. La única propuesta que sé con certeza que llegó al MIR y a su secretaría para la seguridad es la que redactamos unos que se dedican a lo mismo que yo y yo mismo. Esa sí se entregó de verdad tanto por registro (del que hay en este foro una imagen) como en mano a un alto cargo del ministerio. Y de su contenido hay copia en este foro también.
Todos los demás están por demostrar.
Todos los demás están por demostrar.
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38 Special- RANGO: REY DE ESPAÑA
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Re: se ha presentado en la mesa del Congreso de los diputados, la propuesta de reforma
Cierto, por algun lado del foro podemos ver dicho documento, muy parecido creo recordar que el que nos muestra la compañera, pero por desgracia estos documentos me temo que ni los han mirado, aunque la intención por vuestra parte fué muy buena.
charly2- RANGO: DIRECTOR DE SEGURIDAD
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