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Los porteros de locales de ocio deberán superar un curso básico o ser vigilantes de seguridad
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Los porteros de locales de ocio deberán superar un curso básico o ser vigilantes de seguridad
el gobierno de navarra prepara una nueva normativa para regular el sector
El personal que integre el servicio de admisión no portará armas y sólo podrá hacer uso de la fuerza en caso de urgencia
jesús morales
- Viernes, 22 de Enero de 2010 - Actualizado a las 07:21h.
pamplona.
Los porteros de los locales de ocio de Navarra, cuya función primordial
será desempeñar el servicio de admisión, deberán ser vigilantes de
seguridad habilitados conforme a lo previsto en la legislación de
seguridad privada o, al menos, haber superado un curso básico
preparatorio. Es la pretensión del Gobierno de Navarra, encargado de
elaborar una norma que regule esta actividad en la Comunidad Foral.
El
planteamiento de la Dirección General de Interior, sin embargo, no es
elaborar sólo una mera regulación de la figura del portero de
discoteca, sino una norma más orientada a ser un reglamento de admisión
en espectáculos públicos y actividades recreativas y, en general en
establecimientos públicos. Para ello se están analizando las
experiencias de las comunidades autónomas que ya han implantando sus
propias regulaciones.
Además de
garantizar el derecho de admisión con respeto a la dignidad de las
personas y a sus derechos fundamentales, sin ningún tipo de
discriminación, en la norma que prepara Interior se pretende recoger
que los titulares de los espectáculos, actividades o establecimientos
deban facilitar el acceso y permanencia de las personas con
discapacidad. Supone una garantía a la normalización y a facilitar el
derecho de todos los ciudadanos. Ello introduce un concepto novedoso y
la necesidad de adaptar las actividades de ocio y divertimento, entre
otras, a las personas con discapacidad.
En
sentido contrario la nueva norma establecerá que este derecho se
aplicará, en régimen general, para impedir el acceso o permanencia en
determinados supuestos objetivos, como en casos que el aforo esté al
completo, se cumpla el horario de cierre o se carezca de la edad mínima
exigida; o en determinados supuestos subjetivos sobrevenidos ante
personas que dificulten el desarrollo del espectáculo, tengan actitudes
violentas, causen molestias a otras personas, consuman drogas o
presenten signos de embriaguez.
Este
derecho de admisión será ejercido por los titulares o por sus
empleados, entre ellos evidentemente el personal con funciones de
control de accesos. Los titulares podrían establecer condiciones
particulares de admisión y permanencia que tendrán que ser visadas
administrativamente para garantizar el respeto a los derechos de las
personas.
servicio de admisión Interior
pretende que la regulación defina de una manera novedosa qué es el
servicio de admisión y que éste puede estar integrado bien por
vigilantes de seguridad habilitados conforme a lo previsto en la
legislación de seguridad privada, que deberán ir uniformados, bien por
porteros que superen un curso preparatorio, personal éste último
debidamente uniformado e identificado.
El
curso preparatorio podría ser impartido por instancias públicas como la
Escuela de Seguridad de Navarra o por otras instancias que serían
sometidas a un procedimiento de acreditación previa evaluación de su
idoneidad docente. En todo caso se determinaría el contenido básico de
esta formación y del sistema de acreditación de entidades habilitadas
para impartirla.
Los porteros
debidamente formados y habilitados constituirán una de las modalidades
de personal para el control de admisión y siempre sería personal que no
portaría armas y que debería estar perfectamente identificados. La
normativa definirá qué requisitos debe tener este personal acreditado y
cómo debe ir identificado.
En
ningún caso el personal que integre el servicio de admisión portará
armas y únicamente podrá hacer uso proporcionado de la fuerza en caso
de urgencia (muy importante esto) para velar por la integridad de las
personas o los bienes, debiendo informar de manera inmediata al
personal de seguridad privada, si lo hubiera, o a los servicios
policiales en su caso.
Entre las
cuestiones que hay sobre la mesa está si este personal ostentaría,
incluso, algún tipo de carácter de autoridad, obviamente en el
ejercicio de la función que tiene encomendada. De igual modo se
analizan qué cuestiones tecnológicas pueden incorporarse para controlar
la admisión (sistemas automatizados de control de aforos, conexión con
los servicios de seguridad, etcétera).
Fuente: http://www.noticiasdenavarra.com/2010/01/22/sociedad/navarra
El personal que integre el servicio de admisión no portará armas y sólo podrá hacer uso de la fuerza en caso de urgencia
jesús morales
- Viernes, 22 de Enero de 2010 - Actualizado a las 07:21h.
pamplona.
Los porteros de los locales de ocio de Navarra, cuya función primordial
será desempeñar el servicio de admisión, deberán ser vigilantes de
seguridad habilitados conforme a lo previsto en la legislación de
seguridad privada o, al menos, haber superado un curso básico
preparatorio. Es la pretensión del Gobierno de Navarra, encargado de
elaborar una norma que regule esta actividad en la Comunidad Foral.
El
planteamiento de la Dirección General de Interior, sin embargo, no es
elaborar sólo una mera regulación de la figura del portero de
discoteca, sino una norma más orientada a ser un reglamento de admisión
en espectáculos públicos y actividades recreativas y, en general en
establecimientos públicos. Para ello se están analizando las
experiencias de las comunidades autónomas que ya han implantando sus
propias regulaciones.
Además de
garantizar el derecho de admisión con respeto a la dignidad de las
personas y a sus derechos fundamentales, sin ningún tipo de
discriminación, en la norma que prepara Interior se pretende recoger
que los titulares de los espectáculos, actividades o establecimientos
deban facilitar el acceso y permanencia de las personas con
discapacidad. Supone una garantía a la normalización y a facilitar el
derecho de todos los ciudadanos. Ello introduce un concepto novedoso y
la necesidad de adaptar las actividades de ocio y divertimento, entre
otras, a las personas con discapacidad.
En
sentido contrario la nueva norma establecerá que este derecho se
aplicará, en régimen general, para impedir el acceso o permanencia en
determinados supuestos objetivos, como en casos que el aforo esté al
completo, se cumpla el horario de cierre o se carezca de la edad mínima
exigida; o en determinados supuestos subjetivos sobrevenidos ante
personas que dificulten el desarrollo del espectáculo, tengan actitudes
violentas, causen molestias a otras personas, consuman drogas o
presenten signos de embriaguez.
Este
derecho de admisión será ejercido por los titulares o por sus
empleados, entre ellos evidentemente el personal con funciones de
control de accesos. Los titulares podrían establecer condiciones
particulares de admisión y permanencia que tendrán que ser visadas
administrativamente para garantizar el respeto a los derechos de las
personas.
servicio de admisión Interior
pretende que la regulación defina de una manera novedosa qué es el
servicio de admisión y que éste puede estar integrado bien por
vigilantes de seguridad habilitados conforme a lo previsto en la
legislación de seguridad privada, que deberán ir uniformados, bien por
porteros que superen un curso preparatorio, personal éste último
debidamente uniformado e identificado.
El
curso preparatorio podría ser impartido por instancias públicas como la
Escuela de Seguridad de Navarra o por otras instancias que serían
sometidas a un procedimiento de acreditación previa evaluación de su
idoneidad docente. En todo caso se determinaría el contenido básico de
esta formación y del sistema de acreditación de entidades habilitadas
para impartirla.
Los porteros
debidamente formados y habilitados constituirán una de las modalidades
de personal para el control de admisión y siempre sería personal que no
portaría armas y que debería estar perfectamente identificados. La
normativa definirá qué requisitos debe tener este personal acreditado y
cómo debe ir identificado.
En
ningún caso el personal que integre el servicio de admisión portará
armas y únicamente podrá hacer uso proporcionado de la fuerza en caso
de urgencia (muy importante esto) para velar por la integridad de las
personas o los bienes, debiendo informar de manera inmediata al
personal de seguridad privada, si lo hubiera, o a los servicios
policiales en su caso.
Entre las
cuestiones que hay sobre la mesa está si este personal ostentaría,
incluso, algún tipo de carácter de autoridad, obviamente en el
ejercicio de la función que tiene encomendada. De igual modo se
analizan qué cuestiones tecnológicas pueden incorporarse para controlar
la admisión (sistemas automatizados de control de aforos, conexión con
los servicios de seguridad, etcétera).
Fuente: http://www.noticiasdenavarra.com/2010/01/22/sociedad/navarra

LucaS- EXPULSADO
-



Re: Los porteros de locales de ocio deberán superar un curso básico o ser vigilantes de seguridad
Como todo, cuestión de interéses velados bajo un halo "importantísimo" de "responsabilidad", anteponen la seguridad al negocio, supuestamente, otro pez gordo que quiere ganar "pelas".
Sólo existe una Seguridad Privada, regulada y y reglamentada, todo lo demás, falacias y mentiras para un fin.
A este paso, deberíamos ir pensando en suplantar a las F.C.S. en investigaciones, operaciones y demás, según el M.I.R. nos englobamos en concepto amplios de Seguridad y tenemos habilitación y autorización para ello, todo es interpretar según nos convenga.
Este es un País de vergüenza, gobernados por sinvergüenzas, donde vamos a ir a parar con tan buenas palabras y tan malos hechos...
Por otro lado, ya podían dar Autoridad a los porteros y controladores, nosotros somos meros muñecos que acatamos la Ley como borregos para salir perdiendo en la gran mayoría de los casos.
Lo siento, estoy muy quemado...
Sólo existe una Seguridad Privada, regulada y y reglamentada, todo lo demás, falacias y mentiras para un fin.
A este paso, deberíamos ir pensando en suplantar a las F.C.S. en investigaciones, operaciones y demás, según el M.I.R. nos englobamos en concepto amplios de Seguridad y tenemos habilitación y autorización para ello, todo es interpretar según nos convenga.
Este es un País de vergüenza, gobernados por sinvergüenzas, donde vamos a ir a parar con tan buenas palabras y tan malos hechos...
Por otro lado, ya podían dar Autoridad a los porteros y controladores, nosotros somos meros muñecos que acatamos la Ley como borregos para salir perdiendo en la gran mayoría de los casos.
Lo siento, estoy muy quemado...
____________________________________________________________________________________________________________
Cada uno es dueño de sus actos y esclavo de lo que calla.
ES MUY PELIGROSO TENER RAZÓN DONDE NO HAY JUSTICIA.

borde- MODERADOR
- .:

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Re: Los porteros de locales de ocio deberán superar un curso básico o ser vigilantes de seguridad
Como siempre, nos llevamos el curro, pero respaldo nulo. Para nosotros las obligaciones pero derechos ninguno.
charly2- RANGO: DIRECTOR DE SEGURIDAD
- .:

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Re: Los porteros de locales de ocio deberán superar un curso básico o ser vigilantes de seguridad
Los porteros de discotecas tendrán que seguir haciendo un examen para ejercer. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dio ayer a conocer la sentencia en la que desestima el recurso de la asociación de empresarios de locales de ocio (ASFYDIS) contra el decreto del Gobierno regional que regula el control de acceso en estos establecimientos
Los empresarios se quejaban de que la norma les perjudicaba y basaban su recurso en cuatro puntos: la vulneración del derecho de igualdad, ya que no se exigen los mismos requisitos en las demás comunidades; la falta de proporcionalidad, ya que se exige a los porteros que no tengan antecedentes penales, aunque éstos no sean relativos a delitos contra la integridad o el patrimonio; la superposición de funciones con las de los guardias de seguridad; y el perjuicio para los controladores que trabajaban de porteros antes de crearse la norma.
El TSJM afirma que no existe vulneración del derecho de igualdad porque la normativa regional no entra en conflicto con la estatal. Tampoco considera desproporcionado el requisito de no poseer antecedentes, porque la función de los porteros puede afectar a más derechos que los de integridad y patrimonio. Respecto a la coincidencia de funciones entre porteros y vigilantes, dice el tribunal que "no se da, puesto que el decreto obliga al controlador a solicitar auxilio al vigilante cuando haya alteraciones". Y señala que es obligatorio para los que ya ejercían como porteros antes de la norma que se saquen el título.
Los empresarios se quejaban de que la norma les perjudicaba y basaban su recurso en cuatro puntos: la vulneración del derecho de igualdad, ya que no se exigen los mismos requisitos en las demás comunidades; la falta de proporcionalidad, ya que se exige a los porteros que no tengan antecedentes penales, aunque éstos no sean relativos a delitos contra la integridad o el patrimonio; la superposición de funciones con las de los guardias de seguridad; y el perjuicio para los controladores que trabajaban de porteros antes de crearse la norma.
El TSJM afirma que no existe vulneración del derecho de igualdad porque la normativa regional no entra en conflicto con la estatal. Tampoco considera desproporcionado el requisito de no poseer antecedentes, porque la función de los porteros puede afectar a más derechos que los de integridad y patrimonio. Respecto a la coincidencia de funciones entre porteros y vigilantes, dice el tribunal que "no se da, puesto que el decreto obliga al controlador a solicitar auxilio al vigilante cuando haya alteraciones". Y señala que es obligatorio para los que ya ejercían como porteros antes de la norma que se saquen el título.

Elfingía- EXPULSADO
- .: ASP La verdadera alternativa


Re: Los porteros de locales de ocio deberán superar un curso básico o ser vigilantes de seguridad
Elvigia escribió:
Respecto a la coincidencia de funciones entre porteros y vigilantes, dice el tribunal que "no se da, puesto que el decreto obliga al controlador a solicitar auxilio al vigilante cuando haya alteraciones".
Segun esto ,¿donde haya porteros tiene que haber vigilante?


Elfingía- EXPULSADO
- .: ASP La verdadera alternativa


Re: Los porteros de locales de ocio deberán superar un curso básico o ser vigilantes de seguridad
Elvigia escribió:Elvigia escribió:
Respecto a la coincidencia de funciones entre porteros y vigilantes, dice el tribunal que "no se da, puesto que el decreto obliga al controlador a solicitar auxilio al vigilante cuando haya alteraciones".
Segun esto ,¿donde haya porteros tiene que haber vigilante?
Y con categoría de autoridad si es así.

Muerto 66- EXPULSADO
-



Re: Los porteros de locales de ocio deberán superar un curso básico o ser vigilantes de seguridad
Yo entiendo que no tiene por que haber asp dónde haya porteros ya que teoricamente las funciones son distintas, en cuyo caso si hay conflictos el portero pedirá auxilio al vs, si hay vs, sino pues lo normal si la persona no quiere abandonar las instalaciones es que de aviso a las fcs, es un punto de vista, no digo que el portero no pueda expulsar a alguien de las instalaciones sin presencia de vs, porque lo desconozco. De todos modos estamos en lo de siempre, si el portero pide auxilio al o a los vs, ya que tendría que haber mínimo 2 entiendo para tener una mínima cobertura y el menda se sigue negando a abandonar el local, o se le expulsa "invitandole" a que salga de las instalaciones, o ya que no tenemos autoridad, puede hacernos el mismo caso que al portero.
charly2- RANGO: DIRECTOR DE SEGURIDAD
- .:

.:



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